Comparación básica
| Cuestión | Plan de pagos | Liquidación |
|---|---|---|
| Patrimonio | Puede conservarse inicialmente, con los límites del plan y de la impugnación. | Se realizan los bienes embargables que aportan valor útil. |
| Ingresos futuros | Son el centro del cálculo durante tres o cinco años. | No se someten a un calendario plurianual de la misma naturaleza. |
| Vivienda | Puede intentarse conservar si el plan es viable y la hipoteca se atiende. | Puede liquidarse si tiene valor neto y no existe causa para excluirla. |
| Riesgo principal | Inviabilidad, impugnación, incumplimiento o revocación. | Pérdida de activos con valor útil. |
| Resultado | Exoneración provisional y, al final, definitiva si procede. | Solicitud de exoneración después de la realización patrimonial. |
Preguntas que deben responderse
- ¿Qué bienes tienen realmente valor después de cargas y costes?
- ¿Qué bienes se quieren conservar y por qué?
- ¿Existen ingresos estables durante todo el plazo?
- ¿Qué gastos familiares son necesarios y acreditables?
- ¿Qué deuda pública, alimentos, garantías u otras deudas seguirán siendo exigibles?
- ¿Qué recibirían los acreedores si se liquidara?
- ¿Hay una ejecución, subasta o liquidación ya iniciada?
Dónde encaja el concurso sin masa
Si no existen bienes embargables útiles, el análisis puede conducir al concurso sin masa. No es necesario construir artificialmente un plan cuando no hay un bien que conservar ni una razón jurídica para someter al deudor a pagos futuros; pero tampoco debe descartarse un plan sin estudiar la práctica territorial y el objetivo concreto.
La decisión debe documentarse
La estrategia debe dejar una comparación escrita: inventario, valor neto, coste de cada bien, cuota sostenible, deudas no exonerables, duración y consecuencias de incumplimiento. La intuición del cliente es importante para conocer su objetivo, pero la elección final debe apoyarse en datos verificables.